En el marco de la pandemia de COVID-19, el Gobierno de San Juan informó sobre las nuevas disposiciones que se implementaron en el territorio provincial desde el 2 de septiembre. Entre otras medidas, los restaurantes, cafés y bares pueden trabajar con un 70% factor ocupación, hasta 8 personas por mesa, de lunes a domingo, en horario de 07 a 04 hs.
El Gobierno de San Juan, a través del Comité COVID-19, comunica la implementación de nuevas medidas en el marco de la pandemia de coronavirus. Expresan que, siempre apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de los sanjuaninos, las medidas dispuestas por el Ejecutivo provincial a través del Decreto Acuerdo Nº42 entraron en vigencia, independientemente de demás normas y protocolos vigentes. En este sentido, se dispone específicamente, entre otras, las siguientes medidas:
• Restoranes, Cafés y Bares pueden trabajar con un 70% factor ocupación, hasta 8 personas por mesa. Horarios autorizados, incluidos entrega en mostrador y servicio de entrega a domicilio: de lunes a domingo, en horario de 7 a 03 hs. para ingreso de personas, 04 hs. cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.
• Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 70% de capacidad. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.
• Shopping y Galerías comerciales: *habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua*, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.
• Patios de juegos: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones dónde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.
• Resto de comercios: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación.
• Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación, 3 metros de distancia entre los puestos.
• Clubes sociales, cines, teatros, y comercios similares, habilitados de lunes a domingo, con horario de 07 a 03 hs., 04 hs. cierre total, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, respetando los protocolos vigentes.
• Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.
• Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, en el marco de lo previsto por artículo 4º, inciso a) del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 494/2021 y por artículo 3º de la Decisión Administrativa 723/2021, dejando la potestad a cada Intendente Departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de COVID 19 aplicables a la actividad turística.
Fuente: Filial FEHGRA San Juan. https://sisanjuan.gob.ar/prensa/2021-09-03/34855-estas-son-las-nuevas-medidas-que-rigen-en-san-juan-en-el-marco-de-la-pandemia-de-covid-19