El Concejo de Resistencia aprobó en la sesión ordinaria la ordenanza que regula la actividad de los denominados food truck, vehículos adaptados para la comercialización de productos alimenticios.
Desde la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y Afines del Chaco celebra el trabajo realizado y la nueva regularización hacia los food trucks en la ciudad de Resistencia. “Es para nosotros un trabajo a destacar, ya que esto permite una igualdad de trabajo entre los locales estables y estos nuevos locales móviles de alimentos”, declararon.
Cabe destacar que desde el momento uno el sector privado se propuso trabajar en el tema, “no buscamos complicar el trabajo de nadie, lo que queríamos hacer es regular y poner en igualdad de trabajo a todos, buscando que todos estemos bajo el marco de la ley, es nuestro trabajo como asociación velar por el bienestar del sector y nuestros socios”. dijo Aldo Santalucía, presidente de la institución.
“Celebramos esta resolución que nos pone en igualdad de condiciones a todos y bajo el marco de la ley, que es lo más importante. Destacamos y agradecemos al presidente del Consejo de la ciudad, Gustavo Martínez, por la ayuda y el esmero que puso en que este proyecto salga, fue una gran colaboración del sector público privado”.
La norma, aprobada el 14 de agosto, deja sin efecto la ordenanza anterior, establece la regulación de la habilitación, funcionamiento e instalación de los camiones de comidas: éstos podrán utilizarse en estacionamientos o paradas autorizadas, en sitios pertenecientes al dominio público municipal o privado comunal de uso público, en la medida que no afecten los derechos de los vecinos. También podrán instalarse en sectores privados, previa autorización del propietario. Además, identifica como camión de comida a “todo aquel rodado cerrado, motorizado o remolcado autosuficiente y/o trailer, adaptado para la cocción, elaboración, preparación y/o expendio de alimentos, sean fríos o calientes, como así también venta de bebidas, las que deberán ser en envase único no fraccionable”.
También se establece que las personas que tengan a cargo este emprendimiento deberán ser las titulares dominiales del vehículo, residir en la ciudad y estar al día con los impuestos, sin tener multas relativas al tránsito, debiendo contar con el certificado de libre deuda o constancia de regularización.
Los interesados podrán tramitar la habilitación correspondiente en la Dirección General de Higiene y Control Bromatológico.
Es de destacar que al proyecto le falta la etapa de promulgación, esta es la parte última donde el poder ejecutivo decide el fin propio del mismo para su implementación.