La Asociación Hotelera Gastronómica informa que se aprobó la modificación de la ordenanza, a partir de la solicitud de la entidad. La medida alcanza a las plataformas digital. Leonardo Gonzalez, presidente de la Filial, dijo: “Es un paso histórico en pos de terminar con los alojamientos informales”, y destacó la gestión de los concejales Mariano Melana y Sebastián Guruceta.
En 7 de enero, el Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz aprobó la modificación de la ordenanza n°6149 que regula los alquileres temporarios de hasta dos unidades. Entre sus aspectos más sobresalientes, y que fueran incluidos a solicitud de la Asociación Hotelera Gastronómica local (ASHOGA), se encuentra la reforma del artículo 3º, el cual incluye dentro de las responsabilidades a los intermediarios, sean “propietarios, usufructuarios, cesionarios, fiduciarios, condominio, apoderados y quienes administren, gestionen, exploten y/o comercialicen bajo cualquier título un inmueble en la modalidad locativa definida en el Artículo 2° de la presente ordenanza, en el ámbito de la Ciudad de Villa Carlos Paz independientemente del domicilio o lugar de contratación”.
La medida alcanza a las plataformas digitales que ofrezcan propiedades en la ciudad, las cuales deberán garantizar la habilitación de las unidades ofrecidas. Expresa que “la plataforma digital interviniente que infrinja la presente normativa será sancionada con una multa que tendrá un valor equivalente a 2000 hasta 5000 litros de nafta súper de YPF -Estación oficial ACA-. Por cada reincidencia estos valores aumentarán al doble”.
Esto representa “un paso histórico en pos de terminar con los alojamientos informales que tanto daño hacen a la actividad turística”, sostuvo el presidente de ASHOGA, Leonardo González. Destacó “la labor de los concejales Mariano Melana y Sebastián Guruceta, quienes supieron interpretar las necesidades del sector y convertir en ley una demanda que, creemos, contribuirá a ordenar la oferta de alojamiento en Villa Carlos Paz”.
Foto: Pixbay